Vivienda renueva su herramienta para el registro de contratos de alquiler
En la aplicación, más accesible e intuitiva, se deben registrar tanto contratos permanentes o habituales como los temporales

Imagen interior de una vivienda.
Con el objetivo de mejorar la calidad de la información y los datos recogidos sobre el mercado de alquiler de viviendas en la Comunidad Foral, el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra ha renovado la aplicación para el registro de contratos de alquiler, donde se deben registrar los contratos de arrendamiento de viviendas, sean permanentes o habituales o temporales.
Esta nueva herramienta, más accesible e intuitiva para la ciudadanía, permitirá controlar si los contratos sobre viviendas ubicadas en Zona de Mercado Tensionado cumplen con la limitación de renta aplicable. Además, la aplicación avanza en funcionalidad y usabilidad, ya que facilita realizar consultas, modificaciones y bajas del registro, además de registrar las altas.
Cabe destacar que la inscripción en el registro de contratos de aquellas viviendas situadas en zona de mercado tensionado dará derecho a exenciones fiscales en la declaración de la renta para las personas arrendadoras.
Registro de altas y modificaciones de contrato
Deberán registrar sus contratos en esta aplicación las personas propietarias o usufructuarias de viviendas que tengan suscritos contratos de arrendamiento vigentes, tanto habituales como de temporada, sobre viviendas ubicadas en Navarra.
Como regla general, los contratos se deben registrar en el plazo de un mes a partir de la fecha de formalización. En cualquier caso, la aprobación el pasado mes de junio de la Ley Foral de Vivienda Asequible ha abierto un nuevo plazo de seis meses para el registro de aquellos contratos de vivienda habitual o de temporada que se hubieran firmado con posterioridad al 1 de enero de 2019 y que no hubieran sido todavía registrados, siempre que sigan, a fecha de hoy, vigentes.
La alteración de las condiciones del contrato, incluidas las consecutivas actualizaciones de la renta pactada, obliga a la parte arrendadora a la modificación del registro. Una vez finalizado el contrato de arrendamiento registrado, además, se deberá proceder a la cancelación de la inscripción, pudiendo incluirse datos que se consideren relevantes.
La inscripción puede ser realizada directamente por quienes sean titulares de la vivienda o, en su representación, por cualquier otra persona o empresa, tales como agentes inmobiliarios. Estos vídeos tutoriales tienen su versión en euskera tanto para el caso de la inscripción en nombre propio, como para quienes la realizan en nombre de terceras personas.
En laficha de trámite que da acceso a la aplicación se detallan los plazos y obligaciones que tienen las personas propietarias a la hora de registrar sus contratos. Además, se han puesto a disposición de la ciudadanía video-tutoriales que acompañan en las gestiones en la aplicación.
Finalmente, cabe destacar que se registrarán de oficio los contratos de arrendamiento de vivienda protegida, con independencia de si la o el propietario es persona física o jurídica. Las y los particulares tampoco deberán inscribir los contratos de viviendas libres cedidas a la Bolsa de Alquiler que gestiona Nasuvinsa.
Noticia original de www.navarra.es